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    <titulo>– Valdemorillo. Régimen económico. Padrones ejercicio 2012</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemorillo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Padrones ejercicio 2012 
    Doña Mercedes Martín Moreno, concejala de Hacienda del Ayuntamiento de Valdemorillo (Madrid).
    Hace saber:
    1.o  Que por Resolución de la Concejalía de Hacienda de fecha 24 de enero de 2012 han sido aprobados inicialmente los padrones correspondientes al ejercicio 2012 de los impuestos que a continuación se relacionan:
    .	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
    .	Tasa de recogida domiciliaria de basuras.
    2.o  Que dichos padrones se encontrarán en la Oficina Municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo, pudiendo interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante la concejala-delegada de Hacienda, como paso previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo.
    3.o  Que durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de marzo y el 15 de mayo de 2012 estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes a los tributos anteriormente mencionados.
    Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de las siguientes entidades de depósito: “Caja Madrid”, “Banco Español de Crédito”, “Banco Santander”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y “Banco Popular”, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en la plaza de la Constitución, número 1, planta baja.
    Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas de ahorro confederadas y cooperativas de crédito calificadas.
    El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
    Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
    Lo que se hace público para general conocimiento.
    Valdemorillo, a 26 de enero de 2012..La concejala de Hacienda, Mercedes Martín Moreno.
    (02/641/12)</texto>
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