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    <identificador>BOCM-20120208-72</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/02/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 1. Procedimiento ordinario 569 de 2006-R</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>33</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Procedimiento ordinario 569 de 2006-R 
    En el procedimiento ordinario número 569 de 2006-R se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de la mercantil “GAG Internacional, Sociedad Limitada”, contra don Christophe Serge Jacques Heurtevent, y condeno a este último al pago de 7.121,79 euros, más los intereses desde el 23 de octubre de 2006 y al pago de las costas procesales.
    Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a su notificación por los trámites de los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal), para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid. Para la admisión del recurso de apelación, será necesaria la consignación de un depósito de 50 euros (artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
    Publicación
    Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora juez que la suscribe, en audiencia pública, en el día de su fecha. Doy fe.
    Y como consecuencia del ignorado paradero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
    Torrejón de Ardoz, a 9 de enero de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/593/12)</texto>
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