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    <identificador>BOCM-20120203-18</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Economía y Hacienda</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/02/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Cesión de uso
– Orden de 25 de abril de 2011, por la que se dispone la cesión de uso a favor de la Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), del local sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, a efectos de destinarlo a la gestión de la organización en el cumplimiento de sus fines</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>29</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA           
 

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ORDEN de 25 de abril de 2011, por la que se dispone la cesión de uso a favor de la Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), del local sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, a efectos de destinarlo a la gestión de la organización en el cumplimiento de sus fines. 
    La Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), ha solicitado la cesión de uso del inmueble sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, con el fin de cumplir con las funciones sociales que desarrolla esta Entidad sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.
    No se juzgan previsibles la afectación y explotación del inmueble, catalogado como bien patrimonial de la Comunidad de Madrid.
    Por ello, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid y siendo competente esta Consejería de Economía y Hacienda para autorizar la cesión,
    DISPONGO
    Primero
    Ceder el uso a la Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), del local de la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, por plazo de cinco años, prorrogables por otros cinco, a partir de la fecha de la puesta a disposición efectiva del mismo.
    Segundo
    El local se destinará por la cesionaria a las funciones sociales que desarrolla esta asociación sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.
    Tercero
    Si el bien cedido no fuera destinado a los fines previstos se considerará resuelta la cesión, revirtiendo los bienes a la Comunidad de Madrid, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los daños y perjuicios y el detrimento que hubieran experimentado.
    Cuarto
    Todos los gastos y tributos que afecten al local cedido, serán a cargo de la cesionaria.
    Quinto
    La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Madrid, a 25 de abril de 2011.
    		El Consejero de Economía y Hacienda, 		ANTONIO BETETA BARREDA
    (03/2.451/12)</texto>
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