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    <fecha_publicacion>2012/02/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Cercedilla. Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia perros y otros animales domésticos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>28</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cercedilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Ordenanza tenencia perros y otros animales domésticos 
    El Pleno Corporativo, en sesión ordinaria celebrada con fecha 1 de diciembre de 2011, aprobó inicialmente la ordenanza municipal reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos para el municipio de Cercedilla; acuerdo que se somete a información pública por plazo de treinta días, permaneciendo el expediente en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento para que quienes lo deseen puedan consultarlo y, en su caso, los que resulten interesados puedan presentar reclamaciones en el plazo antes indicado. Transcurrido el plazo, si no se presentasen reclamaciones a la referida ordenanza, el acuerdo inicial será elevado a definitivo sin necesidad de pronunciamiento expreso al respecto.
    Advertida la existencia de error material, por el Pleno Corporativo, en sesión ordinaria celebrada con fecha 4 de enero de 2012, aprobó la rectificación del error material producido en el artículo 73 y en los anexos de la citada ordenanza, las cuales se describen a continuación:
    Donde dice en el artículo 73.2.A): “... con lo establecido en el artículo 80 de esta ordenanza”; debe decir: “... con lo establecido en el artículo 79 de esta ordenanza”.
    Donde dice en los anexos: “... perros potencialmente peligrosos...”; debe decir: “... animales potencialmente peligrosos...”.
    Cercedilla, a 13 de enero de 2012..El alcalde, Francisco Javier de Pablo García.
    (03/1.975/12)</texto>
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