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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 34 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

183 

Ejecución 34 de 2010 
    Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento número 376 de 2009, ejecución número 34 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Simón Rivera, contra la empresa “Nute 400 Eléctrica, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Diligencia..En Madrid, a 4 de enero de 2011.
    La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que tuvo entrada el precedente escrito del Fondo de Garantía Salarial, solicitando subrogarse en el crédito que se ejecuta en estos autos. Doy fe..El secretario judicial.
    Decreto
    El secretario judicial, don Manuel López Jara..En Madrid, a 4 de enero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de don Ángel Simón Rivera y cuyo importe asciende a 1.139,41 euros.
    Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
    Una vez firme esta resolución, archívese.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla.
    Adviértase igualmente al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2805 0000 30 número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nute 400 Eléctrica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 4 de enero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/1.413/12)</texto>
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