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    <fecha_publicacion>2012/02/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 203 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

171 

Ejecución 203 de 2010 
    Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 203 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ioan Popescu, contra “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de 3 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Decreto
    El secretario judicial, don Fernando Alonso de Lera..En Madrid, a 3 de enero de 2012.
    Dispongo:
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a la ejecutada “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 12.328,71 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social se hará constar en el Registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose de que contra la misma cabe interponer recurso directo de revisión ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social.
    Se hace saber que para la interposición de recurso directo de revisión contra la presente resolución será precisa la consignación de la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado número 2524 de la entidad “Banesto” la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
    Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación y, en su defecto, no se admitirá a trámite.
    Solo estarán exentas del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiere reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita)..El secretario judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 3 de enero de 2012..El secretario judicial.
    (03/1.445/12)</texto>
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