<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120130-108</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/01/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Valencia número 14. Autos 1.142 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>25</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-01-30-25180120120231</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/30/BOCM-20120130-108.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/30/BOCM-20120130-108.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/30/BOCM-20120130-108.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/01/30/BOCM-20120130-108.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14
    EDICTO
 

108 

Autos 1.142 de 2011 
    Doña María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo social número 14 de los de Valencia.
    Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos Seguridad Social. Resto 1142 de 2011, a instancias de doña Luisa María Caballer Puig, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y “Gestión Pedagógica, Sociedad Limitada”, en el que, por medio del presente, se cita a “Gestión Pedagógica, Sociedad Limitada”, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo social, sito en Valencia, Ciudad de la Justicia, avenida del Saler, número 14, sala 6, al objeto de celebrar sucesivamente los actos de conciliación y juicio e interrogatorio y, en caso de no comparecer, podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieren las preguntas, estándose señalado el día 5 de marzo de 2013, a las diez horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes.
    En Valencia, a 16 de diciembre de 2011..La secretaria (firmado).
    (03/1.588/12)</texto>
</documento>