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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 173 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

149 

Ejecución 173 de 2008 
    Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento número 668 de 2008, ejecución número 173 de 2008-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias doña María Dolores Mateo Hernández, contra don Alfonso Merchán Barranco, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
    Diligencia..En Madrid, a 30 de diciembre de 2011.
    Lo extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que tuvo entrada el precedente escrito del Fondo de Garantía Salarial solicitando subrogarse en el crédito que se ejecuta en estos autos. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
    Decreto
    En Madrid, a 30 de diciembre de 2011.
    Parte dispositiva:
    Se tiene por subrogación al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de doña María Dolores Mateo Hernández y cuyo importe asciende a 4.903,92 euros.
    Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
    Un vez firme esta resolución, archívese.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla.
    Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alfonso Merchán Barranco, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 30 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/909/12)</texto>
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