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    <fecha_publicacion>2012/01/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Manzanares el Real. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANZANARES EL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza fiscal 
    Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Manzanares el Real relativo a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, pasando a quedar de la siguiente manera:
    MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 14.2.B) DE LA VIGENTE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO MUNICIPAL  SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS  DE NATURALEZA URBANA
    Capítulo V
    Artículo 14.
    2.  A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior se considerará como fecha de la transmisión:
    b)	En las transmisiones por causa de muerte, aquella en que se produzca el fallecimiento.
    Contra el presente acuerdo, conforme el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
    En Manzanares el Real, a 20 de diciembre de 2011..El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.
    (03/43.670/11)</texto>
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