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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación del APE 06.01 calle Salamanca</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MADRID
    URBANISMO
    Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 

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Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación del APE 06.01 calle Salamanca 
    La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2011, ha adoptado el siguiente acuerdo:
    Primero..Desestimar las alegaciones presentadas por los interesados, durante el trámite de información pública, del Proyecto de Bases y Estatutos para la constitución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 06.01, “Calle Salamanca”, del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, en el sentido del informe, de 25 de octubre de 2011, de la Dirección General de Gestión Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda.
    Segundo..Aprobar definitivamente, conforme a lo establecido en el artículo 162 del Reglamento de Gestión Urbanística, el Proyecto de Bases y Estatutos para la Constitución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 06.01, “Calle Salamanca”, del Plan General de Ordenación Urbana.
    Tercero..Publicar el presente acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 162.4 de Reglamento de Gestión Urbasnística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
    Cuarto..Designar como representante de la Administración en el órgano rector de la Junta de Compensación al concejal-presidente de la Junta Municipal del Distrito de Tetuán o persona en quien este delegue.
    Con la publicación del presente anuncio se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado a los efectos establecidos en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
    Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 162.5 del Reglamento de Gestión Urbanística, se les requiere para que, si lo desean, se adhieran al sistema de compensación presentando escrito en tal sentido en el Registro General del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, al que acompañen título acreditativo de la propiedad de su finca (certificación registral actualizada), disponiendo para ello del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se publique el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiéndoles que deno incorporarse, sus fincas serán expropiadas a favor de la Junta de Compensación según lo previsto en el artículo 127.1 de la Ley del Suelo.
    Una vez transcurrido el plazo deberán comparecer ante notario y adoptar acuerdo de constitución de Junta de Compensación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 163.1 del Reglamento de Gestión Urbanística.
    Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose contra la misma recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
    Madrid, a 1 de diciembre de 2011..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, por suplencia, el director general de Relaciones Institucionales (decreto de la concejala de Coordinación Institucional de 14 de septiembre de 2011)..Javier Calvo García.
    (02/10.893/11)</texto>
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