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    <fecha_publicacion>2011/12/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 232 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>302</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 130 
 Ejecución 232 de 2009 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 232 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social” contra don José Antonio Rodríguez Cabrera, sobre Seguridad Social, se ha dictado la resolución siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Adjudicar a “Comercial Yegor, Sociedad Limitada”, el bien descrito en la relación fáctica de esta resolución, por la suma de cantidad de 4.500 euros, al haberse consignado la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.
  Firme la presente resolución, hacer entrega al adjudicatario de testimonio de la misma que servirá de título bastante para su inscripción en el Registro correspondiente.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta este resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 0030 1143 00 0000002513 de este Juzgado de lo social en “Banesto”, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Antonio Rodríguez Cabrera, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.881/11)</texto>
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