<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111208-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/12/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Demanda 464 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>291</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-12-08-291301120110082</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/08/BOCM-20111208-74.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/08/BOCM-20111208-74.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/12/08/BOCM-20111208-74.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 74 
 Demanda 464 de 2011 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 464 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Reynaldo Campo Rojas, contra la empresa “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 28 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Debo declarar y declaro con esta fecha extinguida la relación laboral entre la empresa “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, y el trabajador don Reynaldo Campos Rojas, y condenando a dicha empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 6.187,49 euros de indemnización, más 8.800 euros de salarios de tramitación.
  El actor devolverá al Servicio Público de Empleo Estatal el importe percibido por desempleo coincidente con el período de tramitación, una vez perciba los salarios de tramitación.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número 18 que tiene abierta en “Banesto” de la calle Princesa, número 3 de Madrid, oficina 1033, con el número 2516/0000/60/más (número de demanda con cuatro dígitos y año con dos dígitos), conforme a disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/09, de 3 de noviembre.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando en concepto el número de cuenta del Juzgado 2516, el número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.
  Así, por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas y Mantenimientos Spalimp, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.025/11)</texto>
</documento>