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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 587 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 62 
 Demanda 587 de 2011 
  Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 587 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Landa Velón, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, "Unión Bancaria Hispano-Marroquí" y "Hamilton Euroinvest Limited", sobre Seguridad Social, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se tiene por desistido a don Pedro Landa Velón de su demanda acordando el sobreseimiento y archivo de las presentes actuaciones.
  Modo de impugnarla: Contra la presente resolución cabe recurso de reposición previo al recurso de queja ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 187, 193.3 de la Ley de Procedimiento Laboral y 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación, en el que deberá expresarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito habrá de efectuarse:
  A)  Mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2502/0000/00/número de autos en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Princesa, número 2.
  B)  Mediante transferencia a dicha entidad 0030/1033/40/0000000000, número de procedimiento y persona o empresa que efectúa el ingreso. Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Unión Bancaria Hispano-Marroquí” y “Hamilton Euroinvest Limited”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.291/11)</texto>
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