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    <fecha_publicacion>2011/12/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.811 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>285</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 143 
 Demanda 1.811 de 2009 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.811 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darío Antonio Ossa Álvarez, contra la empresa “Arygue Estudios y Obras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de desistimiento de fecha 28 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 28 de junio de 2011..Vistos los preceptos legales mencionados y demás de general aplicación,
  Parte dispositiva:
  Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida de su demanda y archívese el procedimiento sin más trámite.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación.
  Así lo acuerdo, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Darío Antonio Ossa Álvarez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de octubre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/38.777/11)</texto>
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