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    <titulo>Madrid número 9. Demanda 114 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 99 
 Demanda 114 de 2011 
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 114 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín González Muñoz, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, e “Instalaciones Valbosch, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado diligencia de ordenación, cuyo contenido es del tenor siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.
  Lo pongo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 19 de septiembre de 2011 ha tenido entrada en este Juzgado el precedente escrito, así como que los autos han sido devueltos, de lo que doy fe.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas..En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.
  Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto por la parte actora en su día, contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda tomar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado con el número 2507/0000/00/número de expediente y año en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/42/0005001274, indicando el número de cuenta 2507/0000/00/expediente y año, y la persona o empresa que hace el ingreso.
  Así lo ordeno y firmo..El secretario judicial (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Valbosch, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 21 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/32.801/11)</texto>
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