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    <fecha_publicacion>2011/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Juicio verbal 320 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 71 
 Juicio verbal 320 de 2011 
  Sentencia número 229 de 2011
  En Madrid, a 14 de septiembre de 2011..Vistos por mí, Mónica Arévalo Arévalo Estecha, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 8 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 320 de 2011, a instancias de la entidad “Centro de Enseñanza Universitaria Sek, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Carmen Armesto Tinoco, y asistida técnicamente por el letrado don Arturo Sáez Sanz, contra doña Míriam Josefina Pérez Ortega, quien fue declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, intereses y costas.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Carmen Armesto Tinoco, en nombre y representación de la entidad “Centro de Enseñanza Universitaria Sek, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la demandada, doña Míriam Josefina Pérez Ortega, a pagar a la demandante el importe de 5.521,50 euros, los intereses legales previstos en el fundamento de derecho tercero y las costas del procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
  Debiendo la parte, al preparar el recurso, acreditar la constitución del depósito de 50 euros, previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en la cuenta de depósitos de este Juzgado número 2436 0000 02 0000 00 (correspondiendo estos últimos seis dígitos al número y año de procedimiento), bajo apercibimiento de inadmisión si no lo verifica.
  Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  En Madrid, a 15 de septiembre de 2011..El secretario (firmado).
  (02/8.339/11)</texto>
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