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    <fecha_publicacion>2011/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Zaragoza número 5. Ejecución 169 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 215 
 Ejecución 169 de 2011 
  Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 169 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Martínez Giménez, don Manuel Baena Aguilera y don Sebastián Martínez Cárdenas, contra la empresa “Sagu Servicios de Intermediación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 20 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Javier Martínez Giménez, don Manuel Baena Aguilera y don Sebastián Martínez Cárdenas, frente a “Sagu Servicios de Intermediación, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 54.960,58 euros en concepto de principal, más otros 8.793 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese a las partes.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así lo acuerda y firma su señoría.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sagu Servicios de Intermediación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Zaragoza, a 20 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/32.845/11)</texto>
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