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    <fecha_publicacion>2011/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 2. Despido 957 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 212 
 Despido 957 de 2011 
  Doña Vicenta García Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general número 957 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gregoria Rufo Sánchez, contra la empresa “Recuperación de Plásticos, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  . Admitir la demanda presentada.
  . Señalar para el día 23 de noviembre, a las diez y diez horas, para la celebración del acto de conciliación ante el secretario judicial y a las diez y veinte horas para la celebración, en su caso, del acto de juicio.
  . Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial, en el primer caso, y el magistrado-juez, en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.
  Deberá comparecer el representante legal de la demandada personalmente a la vista a interrogatorio de parte.
  Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y, en su caso, el magistrado-juez admitirla en el acto de juicio, artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  . Antes de la notificación de esta resolución a las partes, paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la Agenda Programada de Señalamientos.
  Notifíquese a las partes..Y una vez verificado, notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida..La secretaria judicial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Recuperación de Plástico, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Toledo” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 22 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.645/11)</texto>
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