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    <fecha_publicacion>2011/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 488 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 191 
 Demanda 488 de 2011 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 488 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelaziz Ben Hdidou y don Saaid Qsair, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Decreto
  La secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado..En Móstoles, a 23 de mayo de 2011.
  Parte dispositiva
  Acuerdo:
  1.  Admitir a trámite la demanda presentada por don Abdelaziz Ben Hdidou, frente a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad.
  2.  Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada, para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda sin perjuicio del criterio del magistrado, y citar a las partes con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 18 de junio de 2012, a las diez horas.
  3.  En relación con el interrogatorio de las partes ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.
  4.  Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.
  5.  En relación con lo solicitado en el segundo otrosí, se advierte a la parte demandante que se acordaría la designación de traductor, para el caso de que se solicitase la prueba de interrogatorio de parte por la empresa, a la que se requiere en esta resolución para que lo manifieste por escrito en el plazo de cinco días, en el caso de que solicitase dicha prueba.
  Con las siguientes advertencias y apercibimientos:
  A la parte demandada que, conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda.
  A ambas partes que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.
  Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Sirviendo la presente citación y notificación en forma a todas las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2850, en la entidad bancaria “Banesto”..La secretaria.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 27 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.829/11)</texto>
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