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    <identificador>BOCM-20111020-158</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 108 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 158 
 Ejecución 108 de 2008 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.007 de 2007, ejecución número 108 de 2008-JG de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Granado Huertas, contra doña Sonia Fernández Mayor, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Diligencia..En Madrid, a 16 de septiembre de 2010.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que tuvo entrada el precedente escrito del Fondo de Garantía Salarial, solicitando subrogarse en el crédito que se ejecuta en estos autos. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Decreto
  Secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 16 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de don Antonio Granado Huertas y cuyo importe asciende a 668,59 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme esta resolución, archívese.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado 2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia..En Madrid, a 28 de febrero de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se procede a unir a los presentes autos el anterior extracto detallado de la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, habiéndose producido un movimiento por importe de 738,59 euros en la referida cuenta, así como el anterior despacho remitido por la entidad “Caixa Catalunya”, habiéndose transferido por dicha entidad a la cuenta de este Juzgado la cantidad de 738,59 euros.
  Asimismo, se hace constar que ha sido devuelta por Correos la anterior carta certificada con la nota devuelto, que tenía por objeto la notificación a la parte demandada del Decreto de fecha 16 de septiembre de 2010, por lo que seguidamente se libran las oportunas diligencias para que por el servicio común de notificaciones y embargos se intente la antedicha notificación. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 28 de febrero de 2011.
  Visto el contenido de la diligencia que antecede, y habiéndose dictado en fecha 16 de septiembre de 2010 Decreto, en virtud del cual se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de la parte actora, don Antonio Granado Huertas, y cuyo importe asciende a la cantidad de 668,59 euros, requiérase al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de cuatro días comunique a este Juzgado el número de cuenta donde deberá ser transferida a su favor la cantidad de 668,59 euros.
  Existiendo un sobrante de 70 euros, requiérase al propio tiempo a la parte actora, don Antonio Granado Huerta, a fin de que en el plazo de cuatro días presente propuesta de liquidación de intereses, bajo apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin verificarlo se entenderá que renuncia a dicho concepto, procediéndose a devolver dicha cantidad a la parte demandada.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia..En Madrid, a 12 de abril de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que tuvo entrada en este Juzgado el anterior escrito reprentado por el letrado sustituto del abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta del Fondo de Garantía Salarial, facilitando la cuenta corriente para la entrega de la cantidad puesta a disposición mediante transferencia.
  Asimismo, se hace constar que ha sido devuelta por Correos la anterior carta certificada con acuse de recibo con la nota “desconocido”, que tenía por objeto la notificación a la parte actora de la diligencia de ordenación de fecha 28 de febrero de 2011, por lo que seguidamente se efectúa consulta informática al censo de letrados, procediéndose de nuevo a su envío por el mismo medio al letrado en el nuevo domicilio, sito en la calle O’Donnell, número, 32, cuarto C, 28009 Madrid, para su notificación en legal forma. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 12 de abril de 2011.
  El anterior escrito presentado por el letrado sustituto del abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta del Fondo de Garantía Salarial, facilitando la cuenta corriente para la entrega de la cantidad puesta a disposición mediante transferencia, únase a los autos de su razón y transfiérase la cantidad de 668,59 euros a la cuenta facilitada por el Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado 2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Sonia Fernández Mayor, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de septiembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/32.741/11)</texto>
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