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    <fecha_publicacion>2011/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 834 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 117 
 Demanda 834 de 2010 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 834 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Concepción Gómez Aranguren, contra la empresa “Vienasport, Sociedad Limitada”, y Ayuntamiento de Fuente El Saz de Jarama, sobre cantidad, se ha dictado la sentencia número 425 de 2011, cuya parte dispositiva es  la siguiente:
  Fallo
  Estimando en parte la demanda condeno a la empresa “Vienasport, Sociedad Limitada”, a abonar a doña María Concepción Gómez Aranguren la cantidad de 1.264,76 euros.
  Absuelvo al Ayuntamiento de Fuente El Saz de Jarama.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no podrán interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vienasport, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.733/11)</texto>
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