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    <fecha_publicacion>2011/10/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Juicio de faltas 557 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>245</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 40 
 Juicio de faltas 557 de 2011 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 557 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente
  Sentencia número 47
  En Madrid, a 21 de junio de 2011..Vistos por don Pedro López Jiménez, magistrado-juez del Juzado de instrucción número 1 de esta capital, los autos de juicio de faltas número 557 de 2011, incoados por hurto, en los que figura como denunciante don Gabriel Hernán Fuentes, como denunciado don Alpha Ibrahima Bah y como perjudicada la mercantil “Lidl”, siendo parte en las actuaciones el ministerio fiscal.
  Debo condenar a don Alpha Ibrahima Bah, como autor de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, que con una cuota diaria de 3 euros arroja la cifra de 90 euros, quedando sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, pudiendo hacerse efectiva mediante localización permanente y, previa audiencia del penado, sustituirse por trabajos en beneficio de la comunidad, a razón de una jornada de trabajo por cada día de privación de libertad, y al abono de las costas procesales del juicio, si las hubiere, levantándose el depósito de la mercancía sustraída. Una vez firme esta resolución, insértese el original en el libro de sentencias, dejando en los autos testimonio literal.
  Contra esta sentencia cabe formular recurso de apelación en los cinco días siguientes a su notificación.
  Así por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alpha Ibrahima Bah, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 22 de septiembre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/32.528/11)</texto>
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