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    <fecha_publicacion>2011/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Ejecución 90 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>236</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Ejecución 90 de 2011 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 90 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Germán Guanoluisa Almachi y don Ruddy Vázquez García, contra la empresa “Dideco 2020, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Acumular a la presente ejecución la seguida en este Juzgado con el número 98 de 2011.
  Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía de 3.285,54 euros de principal, más la cantidad de 197,12 euros y la cantidad de 328,54 euros de intereses y costas provisionales, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación y embargo de los mismos por la cantidad reclamada en concepto de principal, intereses y costas.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, remitiéndose despachos, en particular, al Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad de Madrid, a la Oficina de Averiguación Patrimonial y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Madrid. Asimismo, averígüense otros bienes por los medios informáticos oportunos.
  Embargar el vehículo con matrícula 2910FWM, librando a tal efecto oficio-mandamiento al Registro de Bienes Muebles de Madrid y, en su caso, oficio a la Dirección Provincial de Tráfico para que proceda al precinto del vehículo señalado.
  Dar traslado de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán las sucesivas actuaciones para que pueda ejercitar las acciones para las que está legitimado, debiendo en un plazo máximo de quince días instar lo que a su derecho convenga y designar los bienes de la ejecutada que le consten.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dideco 2020, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.129/11)</texto>
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