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    <fecha_publicacion>2011/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Demanda 1.242 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>236</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 141 
 Demanda 1.242 de 2009 
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.242 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ivka Angelova Angelova, contra las empresas “Aser Misecam, Sociedad Anónima Deportiva”, y “Servisalud Asistencia Sociosanitaria, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado providencia del tenor literal siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 18 de septiembre de 2011.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada el día 30 de julio de 2009, por don Ivka Angelova Angelova, contra “Aser Misecam, Sociedad Anónima Deportiva”, y “Servisalud Asistencia Sociosanitaria, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, de lo que doy cuenta a su señoría..Doy fe.
  Providencia
  Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Soledad Fernández del Mazo..En Madrid, a 8 de septiembre de 2011.
  Se tiene por presentada la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento. Regístrese en el libro correspondiente, y como quiera que se advierten los siguientes defectos:
  Que desglose día a día, hora a hora, las horas extras que reclama.
  No ha lugar, por ahora, a su admisión a trámite. Requiérase a la parte actora para que en el plazo de cuatro días hábiles subsane los defectos indicados, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin hacerlo se procederá, sin más trámite, al archivo de estas actuaciones (artículo 81 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Asimismo, se le concede el plazo de quince días para que aporte la correspondiente acta de conciliación.
  Notifíquese esta resolución a la parte actora, advirtiéndole que contra la misma podrá interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Lo manda y firma su señoría..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Ivka Angelova Angelova, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.095/11)</texto>
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