<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111005-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 47 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>236</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-10-05-236280920110036</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/05/BOCM-20111005-105.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/05/BOCM-20111005-105.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/05/BOCM-20111005-105.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Ejecución 47 de 2011 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 47 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Juan y Seva Mansilla, doña Laura Ruiz Martín y don Víctor Manuel Fuentes Álvarez, contra la empresa “Centro Médico Colmenar Viejo, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado el día 29 de julio de 2011 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  a)  Declarar a la ejecutada “Centro Médico Colmenar Viejo, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total, que se entenderá a todos los efectos como provisional, por importe de 19.928,26 euros en concepto de principal.
  b)  Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
  c)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Notifíquese la presente resolución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Centro Médico Colmenar Viejo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.994/11)</texto>
</documento>