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    <titulo>– Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrón tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial dominio público local</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Padrón tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial dominio público local 
  Aprobado por decreto del alcalde-presidente, de 1 de septiembre de 2011, el padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local (mercadillo municipal), segundo semestre del ejercicio 2011. Se pone en conocimiento que el padrón estará a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes, a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Los obligados al pago del citado impuesto podrán formular ante el alcalde-presidente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde la ­exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
  El plazo fijado para el ingreso en período voluntario será del 5 de octubre al 5 de diciembre de 2011, ambos inclusive.
  Transcurrido dicho plazo sin haberse verificado el ingreso se procederá su exacción por la vía ejecutiva, con el recargo de apremio, intereses de demora y costas, de acuerdo con lo establecido legalmente.
  Humanes de Madrid, a 5 de septiembre de 2011..El alcalde-presidente, José Antonio Sánchez Rodríguez.
  (02/7.934/11)</texto>
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