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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/09/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Demanda 123 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>231</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 131 
 Demanda 123 de 2010 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 123 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marcia Esperanza León León, don Juan de Dios Generoso Torres y doña Jéssica Alves Fernández, contra la empresa “Carinma Restauración, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 174 de 2011
  En Madrid, a 15 de abril de 2011..Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña Marcia Esperanza León León, don Juan de Dios Generoso Torres y doña Jéssica Alves Fernández, que comparecen asistidos de la letrada doña Lorena Gil Fuertes, y de otra, como demandados, “Carinma Restauración, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por doña Marcia Esperanza León León, don Juan de Dios Generoso Torres y doña Jéssica Alves Fernández, frente a “Carinma Restauración, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo:
  1.o  Condenar a la empresa “Carinma Restauración, Sociedad Limitada”, a que abone a los actores las cantidades que respectivamente se indican, más el 10 por 100 de interés por mora:
  A doña Marcia Esperanza León León: 4.851,20 euros.
  A don Juan de Dios Generoso Torres: 6.016,20 euros.
  A doña Jéssica Alves Fernández: 3.880,96 euros.
  2.o  Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Carinma Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.400/11)</texto>
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