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    <fecha_publicacion>2011/09/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdemoro. Urbanismo. Modificación Estatutos Junta de Compensación del Sector R-10S El Majuelo Sur</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemoro</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO 
 URBANISMO
 
 58 
 Modificación Estatutos Junta de Compensación del Sector R-10S El Majuelo Sur 
  La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 11 de agosto de 2011, adoptó el siguiente acuerdo, que copiado dice lo siguiente:
  Primero..Aprobar inicialmente la modificación de los artículos 4.1, 30.1, 33.1, 33.2 y 33.4 de los Estatutos de la Junta de Compensación del Sector R-10S “El Majuelo Sur”, atendiendo al informe emitido por los Servicios Jurídicos de Urbanismo que se une al presente.
  Segundo..Someter a exposición pública por espacio de veinte días el citado acuerdo mediante la publicación de este en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos municipales y en un diario de gran circulación. Publicándose íntegramente la modificación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Tercero..Notificar individualmente el acuerdo a la Junta de Compensación, los propietarios e interesados en el expediente, con objeto de que durante dicho plazo de veinte días puedan examinar la modificación (en las dependencias de la Concejalía de Urbanismo y Seguridad Ciudadana, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce), y formular cuantas alegaciones a la modificación estimen pertinentes.
  Cuarto..Tomar conocimiento y aprobar el nombramiento de los nuevos miembros del Consejo Rector de la Junta de Compensación del Sector R-10S “El Majuelo Sur” en los términos y condiciones establecidas en el informe emitido por los Servicios Jurídicos de Urbanismo que se une al presente.
  ANEXO
  Modificación de los artículos de los Estatutos que se indican a continuación:
  .	Artículo 4.1: “El domicilio de la Junta de Compensación se establece en Madrid, calle Mejía Lequerica, número 3, primero D”.
  .	Artículo 30.1: “El Consejo Rector estará compuesto por un presidente, un vicepresidente, un secretario y cuatro vocales, todos ellos con voz y voto. Además formará parte del Consejo Rector un representante de la Administración actuante”.
  .	Artículo 33.1: “El Consejo Rector se reunirá cuantas veces sea necesario para los intereses de la Junta de Compensación, a iniciativa de su presidente o a solicitud de tres de sus miembros”.
  .	Artículo 33.2: “La convocatoria, con indicación de los asuntos a tratar y del lugar, fecha y hora de la sesión, será cursada por el secretario con un mínimo de cuatro días de antelación; quedando válidamente constituido el Consejo Rector cuanto concurran a la reunión, presentes o representados, al menos, cuatro de sus miembros. Los miembros del Consejo Rector que no puedan asistir a la reunión podrán hacerse representar por otro miembro del Consejo Rector”.
  .	Artículo 33.4: “El Consejo Rector solamente podrá adoptar acuerdos respecto de asuntos previamente incluidos en el orden del día, salvo trámite de urgencia aprobada como mínimo por cuatro de sus miembros”.
  Valdemoro, a 17 de agosto de 2011..El alcalde, José Carlos Boza Lechuga..El alcalde en funciones, segundo teniente de alcalde, Germán Alarcón Castellanos.
  (02/8.043/11)</texto>
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