<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110923-82</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TRES CANTOS</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/09/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Tres Cantos. Urbanismo. Ordenación y división parcela RU.1</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>226</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-09-23-226130920110108</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/23/BOCM-20110923-82.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/23/BOCM-20110923-82.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/23/BOCM-20110923-82.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Tres Cantos</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS 
 URBANISMO
 
 82 
 Ordenación y división parcela RU.1 
  Por decreto número 2011/1846, de 19 de agosto de 2011, se ha adoptado el siguiente acuerdo de cuya parte dispositiva se extrae lo siguiente:
  “1.  Avocar, respecto al presente expediente, la competencia delegada en la JGL mediante decreto número 2011/1375, de 13 de junio de 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  2.  Admitir a trámite y aprobar inicialmente el plan especial presentado por “FCC Construcción, Sociedad Anónima”, “Promociones, Centros y Parques Residenciales, Sociedad Anónima” y “Promociones PRAU, Sociedad Anónima”, para la ordenación de la parcela RU.1 del plan parcial del sector “AR Nuevo Tres Cantos” de este término municipal, sometido a las siguientes condiciones que deberán cumplirse para su aprobación definitiva:
  1.o	Los anexos constituidos por los planos PO.20.F y P0.29 del Plan parcial debería entregarse también en formato A-1 de manera que se facilite la lectura de las determinaciones que sobre la parcela se reflejan.
  2.o	El plan especial no contempla la posibilidad que otorga la ordenanza 2: “Edificación unifamiliar”, del plan parcial del sector “AR Nuevo Tres Cantos”, de destinar un 15 por 100 de la edificabilidad residencial a usos terciarios, productivos y dotacionales, por lo que la edificabilidad asignada a cada una de las parcelas se destinará exclusivamente a uso residencial unifamiliar.
  3.  Suspender los procedimientos de ejecución en el ámbito afectado hasta su aprobación definitiva y entrada en vigor, sin que el plazo de suspensión pueda exceder de un año.
  4.  Someter a información pública el expediente por un período de un mes, con notificación individual del presente acuerdo a los titulares afectados...”.
  Lo que se hace público a tenor y en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 57.b) en relación con el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, significándose que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en www.tres-cantos.es y en la Unidad de Disciplina y Planeamiento del Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, de nueve treinta a trece treinta horas, de lunes a viernes, durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Tres Cantos, a 22 de agosto de 2011..El concejal de Urbanismo, Jesús Moreno García.
  (02/7.781/11)</texto>
</documento>