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    <departamento>Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno</departamento>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 29 de agosto de 2011, del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda publicar las Resoluciones por las que se acepta el desistimiento del solicitante y se comunica a los interesados de determinados expedientes de solicitud de inscripción de derechos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2011, del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda publicar las Resoluciones por las que se acepta el desistimiento del solicitante y se comunica a los interesados de determinados expedientes de solicitud de inscripción de derechos. 
  Vistas las solicitudes de inscripción de derechos sobre las obras, actuaciones o producciones relacionadas en el Anexo.
  Vistos los escritos de los solicitantes por los que solicitan se les tenga por desistidos de sus solicitudes de inscripción de derechos.
  Visto el artículo 91.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), que establece que la Administración aceptará de plano el desistimiento y declarará concluso el procedimiento, salvo que se hubieran personado en él terceros interesados que instasen la continuación del mismo.
  Habiéndose notificado la presentación de dichas solicitudes de desistimiento en aquellos expedientes en que figuraban terceros interesados y habiendo transcurrido el plazo concedido a los mismos para instar la continuación del procedimiento sin que tal hecho se haya producido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2 de la LRJPAC, se dictaron las Resoluciones que se relacionan en el Anexo, aceptando de plano el desistimiento y declarando conclusos dichos procedimientos.
  Intentada sin efecto la notificación de dichas Resoluciones, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la LRJPAC.
  Por todo ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los Registros Territoriales por el artículo 3 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo (en adelante, RRGPI), 
  RESUELVO
  Publicar las Resoluciones de este Registro Territorial por las que se aceptan los desistimientos de los solicitantes y comunicarlo a los interesados que se relacionan en el Anexo.
  Lo que se notifica a los interesados, indicándoles que contra las citadas Resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada, presentándolo ante el Registrador Territorial o el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente. 
  Madrid, a 29 de agosto de 2011..El Registrador Territorial, Alejandro Puerto Mendoza.
  
 
   (03/30.476/11)</texto>
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