<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110921-89</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/09/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Demanda 751 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>224</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-09-21-224080920110109</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/21/BOCM-20110921-89.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/21/BOCM-20110921-89.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/09/21/BOCM-20110921-89.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 89 
 Demanda 751 de 2011 
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretario del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Daniel Carrasco Cuevas, contra “Body Spa, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 751 de 2011, se ha acordado citar a “Body Spa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11 de enero de 2012, a las nueve y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio.
  Tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 4, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones dirigidas se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.132/11)</texto>
</documento>