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    <fecha_publicacion>2011/09/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 69. Procedimiento ordinario 1.002 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>224</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69 
 EDICTO
 
 62 
 Procedimiento ordinario 1.002 de 2009 
  Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.
  Hago saber: Que en los autos de procedimiento jurídico ordinario seguidos en este Juzgado con el número 1.002 de 2009,  a instancias de doña Belén Lameiro Santamaría, representada por la procuradora señora Gómez Murillo, contra doña Ascensión Santamaría Durández y don Jesús Varela Ortiz, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes al codemandado don Jesús Varela Ortiz, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente.
  Sentencia número 71 de 2011
  En Madrid, a 29 de marzo de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario número 1.002 de 2009, seguidos a instancias de doña Belén Lameiro Santamaría, representada por la procuradora doña Marta Hernández Torrego y asistida por el letrado don Juan Manuel Frades Cancelo, contra doña Ascensión Santamaría Durández, representada por la procuradora doña Ana Belén Gómez Murillo y asistida por el letrado don Eduardo Fernández de Blas, sobre declaración de posesión, pronunció en nombre del Rey la presente sentencia, con base al siguiente
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por la procuradora doña Marta Hernández Torrego, en representación de doña Belén Lameiro Santamaría, contra doña Ascensión Santamaría Durández, representada por la procuradora doña Ana Belén Gómez Murillo, y, en consecuencia, previo rechazo de las excepciones opuestas por la parte demandada.
  1.  Condeno a la parte demandada a restituir a doña Belén Lameiro Santamaría la posesión compartida de los elementos comunes de la finca número 7 de la calle Sandalio López, de Madrid y el uso exclusivo de la mitad del sótano de la citada finca, de superficie 61,42 metros cuadrados, y a la que se accede por la escalera que parte del vestíbulo general de entrada de la citada finca.
  2.  Condeno a la demandada a retirar todos los objetos que se encuentren en las zonas comunes de la citada finca y, asimismo, a cambiar la cerradura existente en la puerta de acceso a la referida mitad del sótano de la finca, o entregar la llave de la cerradura actual, si resulta más fácil, con apercibimiento de que si no lo verifica voluntariamente se hará a su costa.
  3.  Condeno, asimismo, a la parte demandada a que en el futuro se abstenga de realizar actos de despojo de la posesión sobre las zonas comunes del edificio y sobre la mitad del sótano cuyo uso exclusivo tiene atribuido el piso segundo de la finca propiedad de la demandante.
  4.  Condeno a doña Ascensión Santamaría Durández al pago de las costas derivadas del presente procedimiento.
  Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse por escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a su notificación. Para su admisión a trámite será necesario, en todo caso, que al tiempo de preparar el recurso la recurrente haya constituido el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en “Banesto”, número 28890000-02, y en la cuenta expediente correspondiente, debiendo acreditar tal extremo mediante resguardo del ingreso o transferencia que deberá acompañar al escrito de preparación del recurso, que sin ello no será admitido a trámite.
  Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio literal para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia de la declarada situación de rebeldía del codemandado fallecido don Jesús Varela Ortiz, al no haber comparecido sus sucesores, y para que sirva de notificación en forma y su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente, que firmo en Madrid, a 18 de abril de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/7.884/11)</texto>
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