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    <identificador>BOCM-20110921-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 185 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>224</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 
 149 
 Demanda 185 de 2011 
  Doña Amalia del Castillo Comas, secretaria judicial en sustitución del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.	
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 185 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carlos Marín Segovia contra “Tilde Logística, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la resolución (auto y diligencia de ordenación) cuyo tenor literal es el siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia dictada por este Juzgado de fecha 22 de junio de 2011 a favor de la parte ejecutante, don José Carlos Marín Segovia, frente a “Tilde Logística, Sociedad Limitada Unipersonal”.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Amalia del Castillo Comas..En Madrid, a 1 de septiembre de 2011.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral y habiéndose solicitado por don José Carlos Marín Segovia el despacho de la ejecución frente a “Tilde Logística, Sociedad Limitada Unipersonal”, se tiene por promovido incidente de no readmisión y se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 17 de octubre de 2011, a las nueve y veinticinco horas, con apercibimiento de que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse y de que si no asistiere el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido de su solicitud, y si no compareciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Tilde Logística, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente.
  En Madrid, a 1 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.268/11)</texto>
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