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    <identificador>BOCM-20110914-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/09/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 130 de 2011-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>218</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 70 
 Ejecución 130 de 2011-M 
  Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 130 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Rodríguez Hernández, contra la empresa “Diszulega, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto en el día de la fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a admitir a trámite el incidente de nulidad de actuaciones.
  Se convoca nuevamente a las partes a incidente de no readmisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado el día 16 de noviembre de 2011, a las nueve horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, sita en calle Princesa, número 3, que solo versará sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmitir al trabajador por cese o cierre de la empresa, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diszulega, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.811/11)</texto>
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