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    <fecha_publicacion>2011/09/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdilecha. Régimen económico. Modificación ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdilecha</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Modificación ordenanza 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de junio de 2011, sobre aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  La modificación introducida entrará en vigor el 1 de enero de 2012 y permanecerá vigente hasta su modificación o derogación expresa. Contra la ordenanza aprobada solo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la normativa reguladora de dicha jurisdicción.
  El artículo 2 queda redactado en los siguientes términos:
  “1.o  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles queda fijado en los términos siguientes:
  .	Bienes urbanos: 0,53 por 100.
  .	Bienes rústicos: 0,60 por 100.
  2.o  Con la entrada en vigor de los nuevos valores catastrales con efecto año 2012, el coeficiente de reducción a aplicar a las construcciones ubicadas sobre suelo rústico se fija en un 0,6”.
  Valdilecha, a 23 de agosto de 2011..El alcalde, Ángel Pedro Fernández.
  (03/29.776/11)</texto>
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