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    <fecha_publicacion>2011/09/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Juicio de faltas 1.004 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>208</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 
 62 
 Juicio de faltas 1.004 de 2010 
  Doña María Luz García Leyva, secretaria del Juzgado de instrucción númeo 39 de Madrid.
  Doy fe y testimoino: Que en el juicio de faltas número 1.004 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 443
  En Madrid, a 23 de noviembre de 2010..Vistos por mí, doña Belén Sánchez Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.004 de 2010, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han sido parte: el ministerio fiscal, doña María Valverde Montero Ferrero, don Ionut Narcis Nechuita y don Romanice Florín, he venido a dictar la presente resolución a la que sirven de base el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Ionut Narcis Nechuita y don Romanice Florín como autores responsables de una falta de hurto, prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena, para cada uno de ellos, de multa de un mes, con cuotas diarias de 3 euros, con el apercibimiento expreso de que, en caso de impago, por cada dos cuotas impagadas deberán cumplir un día de privación de libertad, y al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincia de Madrid.
  Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Florín Romance y a don Ionut Narcis Nechita, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de agosto de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/29.179/11)</texto>
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