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    <fecha_publicacion>2011/09/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 184 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>207</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 115 
 Ejecución 184 de 2011 
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 184 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Javier Machuca Sánchez, contra la empresa “Auditoría Global de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 20 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Elisa Cordero Díez..En Madrid, a 20 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
  a)  Trabar embargo de los bienes de la parte ejecutada, “Auditoría Global de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, procediéndose al embargo de sus bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, que son las siguientes:
  Principal: 15.700 euros, distribuidos de la siguiente forma:
  Indemnización: 3.100 euros.
  Salarios de tramitación: 12.600 euros.
  Intereses: 942 euros.
  Costas: 1.570 euros.
  b)  Y para el caso de que no se tuviera conocimiento de bienes suficientes, procédase a consultar la base de datos de los organismos que a continuación se relacionan: Dirección General de Tráfico, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Catastro y Tesorería General de la Seguridad Social. Expídanse los correspondientes oficios y mandamientos a las entidades bancarias, órganos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la ejecutada de que tengan constancia.
  c)  En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, así como las existentes en cuentas o libretas de ahorro en la entidades financieras, o cualquier valor mobiliario titularidad de la misma, interesando la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, con el número de cuenta 2524.
  Advirtiéndoles de las responsabilidades en que puedieran incurrir quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos e indicándoles que deben responder al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación.
  d)  Se acuerda igualmente el embargo de los vehículos propiedad de la ejecutada que figuren en la base de datos de la Dirección General de Tráfico, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguiente certificación de cargas.
  e)  Requerir a “Auditoría Global de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de seis días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alberto Javier Machuca Sánchez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.078/11)</texto>
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