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    <identificador>BOCM-20110829-9</identificador>
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    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 16 de junio de 2011, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la notificación, a varios solicitantes, del reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, al amparo del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>204</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2011, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la notificación, a varios solicitantes, del reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, al amparo del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo. 
  Habiendo recaído Orden de reconocimiento del derecho a la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes en los expedientes de los solicitantes que se relacionan en la presente Resolución, y no habiendo sido posible realizar la notificación a los citados interesados en el domicilio señalado en la solicitud a efectos de notificaciones, con la finalidad de que tengan conocimiento de que ha finalizado el procedimiento con Orden de reconocimiento del derecho a la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que suscribe, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  
 
   Madrid, a 16 de junio de 2011..El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.
  (03/29.532/11)</texto>
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