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    <fecha_publicacion>2011/08/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 3. Juicio de faltas 516 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>203</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 65 
 Juicio de faltas 516 de 2009 
  Don Victoriano Téllez García, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 516 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos, en nombre de Su Majestad el Rey, por el ilustrísimo señor don Joaquín Brage Camazano, magistrado-juez de instrucción del número 3 de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de faltas, seguidos ante este Juzgado bajo el número 516 de 2009, en virtud de denuncia, en la que figuran como denunciante don Javier Espinosa Barrios y como denunciados don José Ángel Gutiérrez Sánchez y don Bartolomé López Obrero, por una presunta falta de coacciones, no habiendo sido parte el ministerio fiscal.
  Que debo absolver y absuelvo a cada uno de los denunciados antes referidos como autores, cada uno, de una falta de coacciones, ya definida, con todos los pronunciamientos favorables, declarando de oficio el pago de las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Javier Espinosa Barrios, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 6 de julio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/29.021/11)</texto>
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