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    <fecha_publicacion>2011/08/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Demanda 1.621 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>201</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 80 
 Demanda 1.621 de 2008 
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.621 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Espino Gutiérrez Solar, contra Club Unión Collado Villalba, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 30 de mayo de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando como estimo la demanda presentada por don Alberto Espino Gutiérrez-Solar, contra Club Unión Collado Villalba, debo condenar y condeno al demandado a que abone al actor la cantidad de 4.200 euros de principal, más los intereses legales.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alberto Espino Gutiérrez Solar, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.464/11)</texto>
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