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    <identificador>BOCM-20110825-104</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 327 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>201</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 104 
 Demanda 327 de 2011 
  Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 327 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Polaino Ruiz, contra la empresa “Cerramientos en Aluminio y PVC Pórtico, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Esther Polaino Ruiz debo condenar y condeno a “Cerramientos en Aluminio y PVC Pórtico, Sociedad Limitada”,  a abonar a la parte actora la cuantía de 6.137,11 euros brutos en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerramientos en Aluminio y PVC Pórtico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.384/11)</texto>
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