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    <fecha_publicacion>2011/08/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Demanda 592 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>201</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 101 
 Demanda 592 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 592 de 2010, sentencia número 256 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lourdes Soler Casanova, contra la empresa “Intertramp, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por doña Lourdes Soler Casanova, frente a “Intertramp, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonarle la suma de 5.707,68 euros, más el interés de demora del 10 por 100 desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Intertramp, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.429/11)</texto>
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