<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110823-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Demanda 670 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>199</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-08-23-199170820110197</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/23/BOCM-20110823-76.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/23/BOCM-20110823-76.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/23/BOCM-20110823-76.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 76 
 Demanda 670 de 2011 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 670 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Ana López Hernández, contra la empresa “Guilford, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva, en su tenor literal, es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo acumular los procesos seguidos en este Juzgado con los números 673 de 2011, en el que son parte demandante don José García González y parte demandada “Guilford, Sociedad Limitada”, y 672 de 2011, en el que son parte demandante don Damián Moheda Barriga y parte demandada “Guilford, Sociedad Limitada”, al presente procedimiento.
  Citar a las partes en legal forma para el día 5 de septiembre de 2011, a las once cuarenta y cinco horas, con la advertencia de que, de no comparecer o alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el secretario judicial, en el primer caso, o el juez, en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda, y si se tratase del demandado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Guilford, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de agosto de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.972/11)</texto>
</documento>