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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/08/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Getafe. Contratación. Notificación resolución contrato</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GETAFE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GETAFE 
 CONTRATACIÓN
 
 60 
 Notificación resolución contrato 
  Intentada la notificación del acuerdo que a continuación se cita, y no pudiéndose practicar esta en los domicilios de la interesada obrantes en el expediente, y en aplicación del artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento de “Parque de Recreo, Sociedad Limitada”, que la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 19 de mayo de 2011, acordó iniciar expediente de resolución del contrato que tiene suscrito con este Ayuntamiento para llevar a cabo la construcción y explotación de un quiosco de hostelería sobre estacionamiento subterráneo de la plaza de España, de Getafe, por los siguientes incumplimientos:
  1.  Falta de pago del canon correspondiente a los años 2009 y 2010.
  2.  No realizar en la construcción e instalación del quiosco una inversión de 346.759,30 euros, según valoración del proyecto técnico presentado.
  3.  No aportar la cantidad de 13.820 euros anuales para los gastos de limpieza, mantenimiento y vigilancia de la zona del entorno del quiosco.
  4.  No realizar prestaciones durante todo el período contractual de la concesión, por un valor mínimos de 12.000 euros anuales, que podían consistir, o bien, en realizar inversiones en mejoras en vía pública y espacios abiertos (tales como acondicionamiento de parques del municipio que se encuentren en el entorno de la instalación), o bien, en realizar el mantenimiento, limpieza diaria y vigilancia de las zonas verdes y de mobiliario urbano del entorno de la instalación.
  5.  Consecuentemente, al no haberse realizado por la contratista la construcción del quiosco, esta tampoco ha dado cumplimiento al resto de las siguientes obligaciones:
  a)	Creación de dos puestos de trabajo de entre los trabajadores inscritos en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo, de Getafe.
  b)	Obtención de la licencia de apertura de actividad calificada en base al proyecto presentado.
  Concediendo a la contratista un plazo de diez días naturales para la formulación de alegaciones (que, en el supuesto de no producirse, dará lugar a que el acuerdo surta efectos definitivos), sin proceder a la apertura de procedimientos de inhabilitación de la contratista para contratar con la Administración, ni de indemnización de daños y perjuicios, e incautando la garantía definitiva constituida en cuantía de 13.371,10 euros.
  Lo que se hace público al objeto de que la interesada pueda formular por escrito las alegaciones y presentar los documentos y justificantes que estime oportunos desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Getafe, a 5 de julio de 2011..La técnico jefa de Sección (instrucción de Alcaldía de 11 de julio de 2007), Julia Sánchez Gil.
  (02/6.509/11)</texto>
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