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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLLADO VILLALBA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Villalba. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Villalba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 50 
 Modificación presupuestaria 
  En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se halla expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria por crédito extraordinario, expediente que ha sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión plenaria celebrada el día 21 de julio de 2011. Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
  Collado Villalba, a 2 de agosto de 2011..El alcalde, Agustín Juárez López de Coca.
  (03/28.856/11)</texto>
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