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    <fecha_publicacion>2011/08/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 1.664 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 163 
 Demanda 1.664 de 2009 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.664 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Domínguez Domínguez, don José Luis Alvarado Hernández, don José González Moreno, doña Verónica Genovés Recio y doña Diana Genovés Recio, contra la empresa “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don José Luis Alvarado Hernández, doña María del Mar Domínguez Domínguez, don José González Moreno, doña Verónica Genovés Recio y doña Diana Genovés Recio, contra la empresa “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, don Juan Eugenio de Arenzana de Jove (administrador concursal) y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, no comparecidos en el procedimiento pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a los demandados, en la cualidad legal que cada uno ostenta, a abonar a los actores las cantidades siguientes: a don José Luis Alvarado Hernández, 317,02 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora; a doña María del Mar Domínguez Domínguez, 1.251,94 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora; a don José González Moreno, 2.175,49 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora; a doña Verónica Genovés Recio, 648,80 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora, y a doña Diana Genovés Recio, 1.092,26 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, y don Juan Eugenio de Arenzana de Jove (administrador concursal), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de junio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/27.660/11)</texto>
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