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    <fecha_publicacion>2011/08/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 119 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 143 
 Ejecución 119 de 2011 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 119 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Valentín Neagu Berta, contra la empresa “Restauración y Comercios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Valentín Neagu Berta con la empresa “Restauración y Comercios Integrales, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
  Nombre del trabajador: don Valentín Neagu Berta.
  Indemnización: 49.905 euros.
  Salarios: 4.968,32 euros (queda excluido el período transcurrido entre el 8 de febrero de 2011 y el 3 de junio de 2011 porque el demandante estuvo de alta en otra empresa).
  Total indemnización y salarios de trámite: 54.873,30 euros.
  En consecuencia, requiérase a la empresa demandada “Restauración y Comercios Integrales, Sociedad Limitada”, para que en el plazo de diez días hábiles ingrese la cantidad de 54.873,30 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2510 de la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de esta ciudad, bajo apercibimiento, que en caso de no realizarlo se iniciará la vía de apremio.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Francisca Arce Gómez
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restauración y Comercios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.668/11)</texto>
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