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    <titulo>Madrid número 9. Demanda 143 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 138 
 Demanda 143 de 2011 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 143 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima”, contra doña Carmen Gabarre Artíguez, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor siguiente:
  Sentencia número 225 de 2011
  En Madrid, a 18 de mayo de 2011..Doña Inmaculada Parrado Caparrós, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre derecho-cantidad, entre partes: de una, y como demandante, “Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima”, y de otra, y como demandada, doña Carmen Gabarre Artíguez, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de legal y pertinente aplicación,
  Fallo
  Estimando parcialmente la demanda formulada por “Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima” (“CESCE, Sociedad Anónima”), contra doña Carmen Gabarre Artíguez, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la empresa actora 5.226,08 euros.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Carmen Gabarre Artíguez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 20 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.828/11)</texto>
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