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    <fecha_publicacion>2011/08/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 990 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 62 
 Demanda 990 de 2010 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 990 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Concepción Ortiz Peláez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Grupo Daelda, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 446, de fecha 18 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 446
  En Madrid, a 18 de julio de 2011..Vistos por doña Ana Fernández Valentí, magistrada-juez sustituta en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña Concepción Ortiz Peláez representada por la letrada doña María José Ruiz Utrera y de otra, como demandados, “Grupo Daelda, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.
  Fallo
  Estimo la demanda y condeno a “Grupo Daelda, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Concepción Ortiz Peláez la cantidad de 14.611,43 euros, con más 518,85 euros en concepto del 10 por 100 de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Daelda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.167/11)</texto>
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