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    <fecha_publicacion>2011/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 162 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 124 
 Ejecución 162 de 2011 
  Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 162 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Morilla Martín, contra la empresa “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de ejecución de fecha 15 de julio de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  En Madrid, a 15 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda: Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 2.775,31 euros, más la cantidad de 166,51 euros en concepto de intereses y 277,53 euros en concepto de costas provisionales.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículos 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María Dolores Gómez Collados..En Madrid, a 15 de julio de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de julio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/27.521/11)</texto>
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